El turno de oficio y la Asistencia Jurídica Gratuita

¿Qué es un abogado de oficio?

 

Un abogado de oficio es aquel que designa el Colegio de Abogados a los ciudadanos que no tiene recursos económicos para contratar un abogado privado, o bien no han querido elegir uno (aun teniendo los recursos económicos).

Los abogados de oficio no son empleados públicos y no son siempre gratuitos, la propia ley de justicia gratuita establece que, en el caso de conseguir un beneficio económico para el cliente, le podrá facturar sus honorarios con un límite de un tercio de la cantidad obtenida.

Por lo tanto, para obtener un abogado de oficio gratuito, se necesitará tener aprobada su solicitud de asistencia jurídica gratuita.

Además, si pasados 3 años desde la finalización del procedimiento, el justiciable viniere a mejor fortuna, estará obligado a abonar los costes el procedimiento y los honorarios a su abogado.

Las personas defendidas por un abogado de oficio únicamente están libres de pagar los honorarios cuando así lo establezca la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.

 

¿Tengo derecho a solicitar un abogado de oficio?

 

El derecho a la tutela judicial efectiva es un derecho fundamental de los ciudadanos, tal y como recoge El Articulo 24.1 de la Constitución Española citando que:

“Todas las personas tienen derecho a obtener tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.”

La Ley de Asistencia Jurídica Gratuita 1/1996 de 10 de enero es la que regula todas las cuestiones para poder solicitar justicia gratuita y abogado de oficio. Dicha ley recoge que tendrán derecho a un abogado de oficio:

  • Los ciudadanos españoles.
  • Ciudadanos nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
  • Extranjeros que se encuentren en España con insuficiencia de recursos para litigar.
  • Trabajadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social.
  • Todos los ciudadanos que acrediten insuficiencia de recursos para litigar.

 

¿Puede una empresa solicitar justicia gratuita y un abogado de oficio?

 

La respuesta es NO. Podrán solicitar justicia gratuita, las siguientes personas jurídicas cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar:

  1. Asociaciones de utilidad pública, previstas en el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación
  2. Fundaciones inscritas en el Registro Público correspondiente.

Por otro lado, en cuanto a la capacidad económica del solicitante, el derecho a un abogado de oficio dependerá del importe del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en el momento de la solicitud.

Pueden pedir un abogado de oficio quienes no superen:

  • Dos veces el IPREM para personas no integradas en unidad familiar.
  • Dos veces y media el IPREM para personas integradas en alguna unidad familiar con más de cuatro miembros.
  • Tres veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más miembros.

 

Sin embargo, tendrán derecho a un abogado de oficio, sin importar los recursos económicos que posean, tal y como recoge el BOE en el Art.2 de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita:

 

Con independencia de la existencia de recursos para litigar, se reconoce el derecho de asistencia jurídica gratuita, que se les prestará de inmediato, a las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos en aquellos procesos que tengan vinculación, deriven o sean consecuencia de su condición de víctimas, así como a los menores de edad y las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato.”

 

 ¿Dónde puedo solicitar un abogado de oficio?

 

Para solicitar un abogado de oficio debemos ir al Colegio de Abogados de nuestra ciudad. En el caso de residir en Valencia deberás acudir al ICAV.

Puedes comprobar si tienes derecho a solicitar Justicia Gratuita.

Nuestra recomendación es tener un abogado de cabecera con el que tengamos plena confianza para que nos lleve los trámites legales. En Iuris Gandía Abogados queremos ser tu abogado de la familia, al que acudir ante cualquier problema o duda legal. Tenemos como misión prevenir y evitar los costes elevados de un juicio.

Abogados de confianza

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2 comentarios en «El turno de oficio y la Asistencia Jurídica Gratuita»

  1. Hola tengo una pregunta que me pega vueltas por la cabeza, puedo acojerme a la ley de la segunda oportunidad ,… Estando separado .. con deudas de empresa .. con la seguridad social y multas …. ? Puedo empezar la vida con otra oportunidad

    Responder

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