La herencia es el proceso por el cual, tras el fallecimiento de una persona, esta transmite sus bienes, derechos y obligaciones a otra u otras personas.
Antes de aceptar una herencia hay que tener en cuenta que se heredan tanto los bienes, como las deudas.
Una herencia puede ser testada, cuando el fallecido por medio de un testamento, deja constancia de la repartición de sus bienes y obligaciones.
La herencia intestada, también denominada herencia abintestato sucede cuando el fallecido no ha dejado testamento y el reparto de la herencia se hace en función de lo que estipula la Ley.
Herencia con testamento
La existencia de un testamento puede agilizar el proceso y se debe hacer lo que este indica, repartiendo los bienes, derechos y obligaciones tal y como el fallecido disponga.
Si una persona ha hecho testamento existen dos clases de herederos:
- Herederos voluntarios, aquellos que una persona nombra en su testamento por voluntad propia.
- Herederos forzosos o legitimarios, aquellos que tienen derecho a heredad al margen de aparecer en el testamento.
Según el artículo 807 del Código Civil, son herederos forzosos:
- Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
- A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
- El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.
Herencia sin testamento
- En el caso de no existir testamento, lo primero que tienes que hacer es solicitar del Registro Civil donde murió el fallecido, el certificado de defunción.
- Los familiares más próximos deberán hacer su declaración de herederos ante un notario.
- Una vez efectuada el acta notarial de declaración de herederos, se debe realizar un inventario de bienes y repartirse entre los herederos siguiendo el orden de sucesión hereditaria.
El heredero forzoso o legitimario lo habrá en toda sucesión, haya o no testamento.
Sin embargo, en una herencia sin testamento también encontramos a los herederos legales o legítimos (herederos abintestato), aquellos que, a falta de testamento, la ley señala como herederos del difunto.
El artículo 913 del Código Civil, establece que en el caso de no existir testamento en una herencia la ley señala como herederos:
- Los parientes del difunto.
- El viudo o viuda.
- El Estado.
¿Cómo saber si una persona fallecida ha dejado testamento?
Para saber si una persona ha otorgado testamento tendrás que acudir al Registro de Actos de Última Voluntad (donde se recogen todos los otorgamientos de testamentos ante un Notario español) y solicitar un certificado de últimas voluntades.
Para poder solicitarlo tienen que pasar 15 días hábiles desde el fallecimiento, sin contar el del día del fallecimiento, sábados, domingos ni festivos.
En dicho certificado constará si hizo o no testamento. En caso afirmativo indicará la relación de todos los testamentos hechos por el fallecido/a.
¿Cómo puedo solicitar el certificado de últimas voluntades?
- Presencialmente en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
En el caso de residir en Valencia
HERNÁN CORTÉS, 24 – Entlo.
46071 VALENCIA
Teléfono: 96.394.35.58
- Por Internet a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
- Por correo postal enviando una solicitud.
Para obtener el Certificado de Actos de Última Voluntad tendremos que aportar:
– Certificado de Defunción.
– Formulario Modelo 790-006 debidamente cumplimentado.
– Justificante bancario del pago de la tasa
Con el certificado de defunción y el de últimas voluntades, se puede solicitar copia del testamento en el Notario que lo autorizó.
En caso de que el testamento se hiciera hace más de 25 años deberá solicitarse en el Archivo de Protocolos de Colegio Territorial de Notarios.
¿Puedo renunciar a una herencia?
La respuesta es sí. Puedes renunciar a una herencia, rechazando tanto los bienes como a las deudas. Es importante saber que este acto es irrevocable y por eso te aconsejamos que te dejes asesorar, por abogados expertos en Derecho Civil, antes de tomar ninguna decisión.
¿Tienes que enfrentarte a una tramitación de herencia sin testamento? ¿Sois varios herederos y tenéis que llevar a cabo la partición?
Iuris Gandía Abogados está aquí para ayudarte y facilitarte todo el proceso. Estudiamos tu caso a fondo; detallamos toda la documentación necesaria y los trámites a seguir.